El Ministerio de Trabajo dio a conocer las fechas de los días feriados correspondientes al año 2027, en cumplimiento de la Ley 139-97, que dispone el traslado de determinados festivos.
La Ley No. 139-97, de fecha 19 de junio de 1997, establece que los días feriados que coincidan con martes, miércoles, jueves o viernes pasan al lunes siguiente. Fue publicada en la Gaceta Oficial No. 9957, de fecha 25 de junio de 1997, y entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que debe aplicarse en todos los establecimientos del país, conforme a la legislación vigente.
De acuerdo con esa disposición, los feriados de 2027 se aplicarán de la siguiente manera:
- Viernes 1ero de enero, día de Año Nuevo: no se cambia.
- Miércoles 6 de enero, día de los Santos Reyes: se trabaja y se cambia para el lunes 04 de enero.
- Jueves 21 de enero, día de la Altagracia: no se cambia.
- Martes 26 de enero, día de Duarte: se trabaja y se cambia para el lunes 25 de enero.
- Sábado 27 de febrero, día de la Independencia: no se cambia.
- Viernes 26 de marzo, viernes Santo: no se cambia.
- Sábado 1ero de mayo, día del Trabajo: no se cambia.
- Jueves 27 de mayo, Corpus Christi: no se cambia.
- Lunes 16 de agosto, día de la Restauración: no se cambia.
- Viernes 24 de septiembre, día de las Mercedes: no se cambia.
- Sábado 06 de noviembre, día de la Constitución: no se cambia.
- Sábado 25 de diciembre, día de Navidad: no se cambia.





