Santo Domingo. La Procuraduría General de la República anunció que interpondrá un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) contra la sentencia que modificó las condenas de 10 años de prisión impuestas a los imputados de integrar un grupo dedicado a borrar y alterar antecedentes penales de cientos de personas en la base de datos del Ministerio Público, desmantelado con la Operación Gavilán.
El recurso será presentado contra la decisión de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, integrada por los jueces Daneira García Castillo, July Tamariz y Pedro Nolasco, que varió la sentencia de primera instancia tras acoger de manera total y parcial los recursos de apelación depositados por las defensas.
El año pasado, el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, compuesto por los jueces Keyla Pérez Santana, Elías Santini y Arisleyda Santana, condenó a unanimidad a los integrantes del entramado criminal, con base en las pruebas aportadas por el Ministerio Público.
A 10 años de prisión y multas de 100 salarios mínimos del sector público fueron condenados Pilar Yrenes Medina Trinidad de Dotel, José Ramón Quezada Carmona, Víctor Gilberto Mercedes Gómez y Luis Peña Cedeño, este último además inhabilitado para ocupar cargos de funciones públicas por un período de cinco años.
La decisión del tribunal de alzada estableció para Luis Peña Cedeño una pena de dos años de reclusión, en la modalidad de arresto domiciliario. En el caso de Pilar Yrenes Medina Trinidad, fijó cinco años de reclusión, tres de ellos en arresto domiciliario, y suspendió condicionalmente los dos restantes, tiempo durante el cual quedará sometida al cumplimiento de las reglas impuestas.
Entre las condiciones fijadas para la suspensión de la pena de Medina Trinidad figuran residir en el domicilio aportado ante la secretaría del tribunal y notificar al juez de la ejecución de la pena cualquier cambio de residencia. También deberá abstenerse de viajar al extranjero y del porte o tenencia de armas.
José Ramón Quezada Carmona cumplirá cinco años de reclusión, tres de ellos en arresto domiciliario, con suspensión condicional de los dos años restantes, período en el que también quedará sujeto al cumplimiento de las reglas establecidas.
El tribunal advirtió a Medina Trinidad y Quezada Carmona que, si incumplen las reglas impuestas durante el plazo establecido, deberán cumplir íntegramente la pena suspendida.
Medina Trinidad y Quezada Carmona también fueron condenados al pago de una multa de cien (100) salarios mínimos correspondientes al sector público, mientras que Peña Cedeño deberá pagar RD$40,000.00.
La corte igualmente acogió un recurso de apelación presentado por Víctor Gilberto Mercedes Gómez y dispuso su absolución, dejándolo descargado de toda responsabilidad penal.
El Ministerio Público indicó que recurrirá en casación porque considera que el tribunal hizo una interpretación inadecuada de la ley.





